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Como no podía ser de otra manera, el bien jurídico protegido es el patrimonio histórico español, ya sean bienes materiales o no, que por su valor histórico, cultural, científico o técnico constituyen parte esencial del patrimonio cultural del país. Y es debido a la acción social que comporta su aprecio por parte de los ciudadanos lo que merece la protección penal.
Este deber de protección del patrimonio histórico, cultural y artístico por parte de nuestras autoridades deviene del propio artículo 44 de la Constitución Española. Pero es en el art. 1.2 de la Ley 16/1985 de 25 de junio del Patrimonio Histórico Español, donde se conoce exactamente qué bienes se consideran pertenecientes al mismo:
Nuestro Código Penal regula los delitos sobre el patrimonio histórico en los artículos 321 al 324. En ellos se distingue principalmente tres tipos de delitos que exponemos a continuación:
Como en cualquier delito, existen agravantes y atenuantes que modifican la pena impuesta al acusado. En este caso, se considera un agravante cuando afecte a un espacio natural protegido. Y será un atenuante cuando el culpable proceda a la reparación voluntaria del daño causado, siendo más favorecedora que el atenuante genérico de reparación del daño. Es importante acudir al mejor abogado de delitos contra el patrimonio que sepa todos los entresijos de la legislación y la jurisprudencia, de modo que pueda ayudarle en su caso particular.
Se condenará en la pena superior en grado cualquier delito contra el patrimonio histórico que afecte a un espacio natural protegido.
Se interpondrá la pena inferior en grado cuando el culpable proceda a la reparación voluntaria del daño causado. Es una atenuante específica muy similar al genéricamente conocido como “reparación del daño”, si bien para este delito concreto dicha atenuante no disminuye la pena en la mitad inferior sino que baja de grado.
De manera tangencial, la protección del patrimonio histórico toca a otros múltiples preceptos penales cuyo desvalor en ocasiones afecta al patrimonio histórico. Así podemos destacar los siguientes delitos:
De manera tangencial, la protección del patrimonio histórico toca a otros múltiples preceptos penales cuyo desvalor en ocasiones afecta a dicho patrimonio. Son muy frecuentes el hurto, robo, estafa, daños, sustracción de cosa propia o malversación, entre otros. Así que, un abogado experto en este tipo de delitos que protegen el patrimonio cultural del país, le ayudará en todos los ámbitos penales relacionados. A continuación, exponemos algunos de los aspectos en los que podría serle de apoyo:
Nos despedimos deseando que le haya parecido de utilidad esta introducción al delito contra el patrimonio histórico. Y terminamos recordándole que SuperAbogado pone a su disposición a los mejores abogados penalistas de su ciudad, y más en concreto aquellos que han demostrado tener experiencia en juicios relacionados con los delitos contra el patrimonio histórico.
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