Definición de delito
Delito proviene del verbo latín “delinquere”, qué significa apartarse del buen camino o alejarse del sendero señalado por la ley.
El delito es toda “acción típica, antijurídica y culpable, sometida a una sanción penal”. Es decir, una acción u omisión tipificada y penada por la ley.
Los delitos del Código Penal español se encuentran recogidos en su Libro II. Este libro se denomina “delitos y sus penas”. En concreto, del artículo 138 al 616 quáter, de dicha norma.
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Clasificación de los delitos
Los delitos recogidos en el Código Penal podemos clasificarlos en distintos grupos dependiendo de cuál sea el bien jurídico protegido. Serían los siguientes:
- Delitos contra la vida humana independiente. Se encuentran recogidos en los artículos 138 al 143 del Código Penal e incluyen conductas como el homicidio, el asesinado y la inducción al suicidio.
- Delitos contra la vida humana dependiente. Comprenden los distintos tipos penales del aborto. Se regulan del artículo 144 al 146 del Código Penal.
- Delitos que afectan a la salud y a la integridad del cuerpo humano. Se incluye el delito de lesiones, el delito de lesiones al feto y los delitos relativos a la manipulación genética. Estos delitos aparecen recogidos en los artículos 147 al 162 del Código Penal.
- Delitos contra la libertad. Se regulan en los artículos 163 al 172 ter del Código Penal. En este grupo se incluyen la detención ilegal, el secuestro, detención ilegal, torturas, las amenazas, delitos contra la integridad moral y las coacciones.
- Delitos contra la integridad moral. Comprenden las torturas, los tratos crueles, inhumanos y degradantes así como la trata de seres humanos. Se regulan en los artículos 173 al 177 bis del Código Penal.
- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales. Aparecen recogidos en los artículos 178 a 194 del Código Penal e incluyen los ataques a la libertad sexuales, el exhibicionismo y la provocación sexual así como la prostitución, explotación sexual y corrupción de menores o pornografía infantil.
- Delitos económicos: Blanqueo de capitales, estafa, alzamiento de bienes, delitos societarios, apropiación indebida, insolvencia punible, etc...
- Omisión del deber de socorro. Este delito se contempla en los artículos 195 y 196 del Código Penal.
- Delitos que afectan a la intimidad, al derecho a la propia imagen y a la inviolabilidad del domicilio. Comprenden el descubrimiento y revelación de secretos así como el allanamiento de morada tanto de un particular como de una persona jurídica. Se encuentran regulados en los artículos 197 al 204 del Código Penal.
- Delitos contra el honor. Aparecen en los artículos 205 al 216 del Código Penal y comprenden la calumnia y la injuria.
- Delitos contra las relaciones familiares. Se consideran como tal, a modo de ejemplo, los matrimonios ilegales, el quebrantamiento de los deberes de custodia o la sustracción de menores. Se recogen en los artículos 217 al 233 del Código Penal.
- Delitos relacionados con el patrimonio personal. Están regulados de los artículos 234 al 304 ter y comprenden, entre otros, los siguientes comportamientos: hurto, robo, extorsión, usurpación, estafas, administración desleal, delitos contra la propiedad industrial e intelectual.
- Delitos relacionados con Hacienda y con la Seguridad Social. Aparecen contemplados del artículo 305 al 310 bis del Código Penal.
- Delitos contra los derechos de los trabajadores. Comprenden conductas como la discriminación laboral, el tráfico ilegal de mano de obra o el atentado a la libertad sindical y al derecho de huelga. Se recogen en el artículo 311 al 318 del Código Penal.
- Delitos que afectan a los derechos de los extranjeros. Se regula en el artículo 318 bis del Código Penal y contempla conductas como la promoción y el favorecimiento del tráfico ilegal de personas.
- Delitos de urbanismo. Delitos relacionados con la ordenación del territorio, con la protección del patrimonio histórico y con el medio ambiente. Se regulan del artículo 319 al 340 del Código Penal.
- Delitos contra la seguridad colectiva. Se encuentran regulados del artículo 341 al 385 ter del Código Penal y comprenden los delitos de riesgo catastrófico relativos a la energía nuclear y a las radiaciones ionizantes, los estragos y los delitos de incendio. También se incluyen en este grupo los delitos contra la seguridad pública como el cultivo o tráfico de drogas y los delitos contra la seguridad vial.
- Falsedades. Comprende conductas como la falsificación de moneda y efectos timbrados, falsedades documentales ya sea en documento público, privado o certificados o falsificación de tarjetas de crédito y débito. Se regulan del art. 386 al 403 del Código Penal.
- Delitos contra la Administración Pública. Se regulan del artículo 404 al 445 del Código Penal. Incluyen la prevaricación de los funcionarios públicos, el abandono de destino y la omisión del deber de perseguir delitos, el cohecho, la malversación o el tráfico de influencias entre otras conductas.
- Delitos contra la Administración de Justicia. Se incluyen del artículo 446 al 471 bis y comprenden comportamientos como la prevaricación, el encubrimiento, la simulación de delitos, el falso testimonio o la obstrucción a la Justicia entre otros.
- Delitos contra la Constitución. Suponen comportamientos como, por ejemplo, la rebelión, los delitos contra la Corona o los ultrajes a España. Se encuentran recogidos de los artículos 472 al 543 del Código Penal.
- Delitos contra el orden público. Aparecen incluidos en los artículos 544 al 580 del Código Penal. Comprenden conductas como la sedición, los desórdenes públicos o los delitos de terrorismo.
- Delitos relacionados con la defensa nacional así como con la traición, contra la paz y la independencia del Estado. Se recogen en los artículos 581 al 603 del Código Penal.
- Delitos contra la Comunidad Internacional. Algunos de los delitos incluidos en este apartado son, entre otros, el genocidio, la piratería y los que atentan contra el derecho de gentes. Se incluyen en los artículos 605 al 616 quáter del Código Penal.
¿Cuáles son los tipos de delito en función de la pena?
Tras la derogación de las faltas del Código Penal por la Ley Orgánica 1/2015, de reforma del Código Penal, transformando algunos de los ilícitos en delitos leves y despenalizando las conductas más livianas, ya sólo hay un concepto de delito, entendido como “infracción criminal”, que, sin embargo, admite tres niveles de gravedad.
Según lo establecido en el artículo 13 del Código Penal existen los siguientes tipos de delitos en función de la pena: delitos graves, delitos menos graves y delitos leves. El criterio seguido para distinguir las tres modalidades es la magnitud de la pena asociada al hecho tipificado como delito.
Para advertir qué tipo de delito ha tenido lugar hay que seguir los siguientes pasos consecutivos:
1º. Acudir al artículo que penalice la conducta cometida para examinar la pena asociada en el Libro II del Código Penal –“Delitos y sus penas”- (tomando la pena abstracta, sin tener en cuenta el grado de ejecución, participación o circunstancias agravantes o atenuantes).
2º. Comprobar si la pena establecida para dicho delito es grave, menos grave o leve (conforme a las reglas que indicamos a continuación), en función del listado del artículo 33 del Código Penal en el que se halle.
También puede acudir a un abogado experto en Derecho Penal, como los abogados penalistas de SuperAbogado, que conoce qué delitos se ubican en cada categoría. Nuestros abogados especialistas en delitos manejan a la perfección las reglas para distinguir cuándo nos encontramos ante cada clase de delitos.
¿Qué delitos son graves?
De conformidad con la ley penal, son delitos graves las infracciones castigadas con pena grave. Para comprobar si su caso forma parte de los delitos calificados como graves habrá de observar si la pena asociada se enmarca en el listado del apartado segundo del artículo 33 del Código Penal.
¿Qué delitos son menos graves?
El Código Penal indica que son delitos menos graves las infracciones sancionadas con “pena menos grave”. Las penas menos graves son las enumeradas en el apartado tercero del artículo 33 del Código Penal.
¿Qué son los delitos leves?
Son delitos leves las conductas (por acción u omisión) sancionadas con pena leve. El elenco de penas leves se contempla en el apartado cuarto del artículo 33 del Código Penal.
¿Si la pena por su extensión puede incluirse en dos categorías qué tipo de delito es?
En el caso enunciado hay dos reglas: (i.) si la pena pudiese incluirse tanto en las graves como en las menos graves: el delito se considerará grave; (ii.) si la pena puede considerarse menos grave y leve: se entenderá que se trata de un delito leve.
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