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El Código Penal español recoge en su Título XIX aquellos delitos que atentan contra la Administración Pública. Concretamente, hoy hablamos sobre los delitos regulados en el Capítulo IX, referente a las negociaciones y actividades prohibidas a los funcionarios públicos y de los abusos en el ejercicio de su función.
Los artículos 439 a 444 del Código Penal regulan en detalle este particular ilícito.
Se trata de delitos especiales que precisan de la condición de autoridad o funcionario público para incluirse dentro de la conducta típica del delito. Asimismo, se incluyen en este capítulo conductas ilícitas cometidas por peritos, árbitros, contadores partidores, administradores concursales, tutores, curadores o albaceas y funcionarios de Instituciones Penitenciarias o de centros de protección o corrección de menores.
Por tanto, si se encuentra en esta situación laboral será conveniente contratar los servicios de un abogado especialista en Derecho Penal o de un abogado especialista en negociaciones prohibidas para la mejor defensa de sus derechos e intereses.
Algunas de las conductas que el Código Penal sanciona son las siguientes:
Tras una simple lectura estará de acuerdo con nuestro equipo en que se trata de un delito especial con vicisitudes complejas. Por ello, contar con el asesoramiento legal adecuado puede marcar la diferencia en el resultado judicial.
Desde SuperAbogado le ayudamos a encontrar a su abogado especialista en negociaciones prohibidas, calificados como delitos administrativos y políticos. Algunos casos sonados como los de jueces o profesores de universidades públicas han precisado la pericia y experiencia de estos letrados para conseguir una sentencia favorable. Póngase en nuestras manos.
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