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El permiso de residencia es una autorización o licencia administrativa por la que un extranjero puede residir en España, durante un periodo de tiempo determinado, que va a variar en función del tipo de residencia (temporal o permanente) para la que se haya solicitado el permiso.
Para realizar este trámite, siempre, va a resultar conveniente acudir a un abogado experto en permiso de residencia.
Aquellos extranjeros que deseen residir en España, deberán solicitar alguno de los dos permisos de residencia que existen en nuestro país.
El permiso de residencia temporal es aquel por el que se autoriza, al extranjero solicitante, a permanecer en España durante un periodo de tiempo superior a noventa días e inferior a cinco años. El permiso de residencia temporal, podrá otorgarse a los extranjeros que se encuentren en las siguientes situaciones:
También se concederá el permiso de residencia temporal en una serie de circunstancias excepcionales:
El permiso de residencia por arraigo es una autorización que se concede a los extranjeros no comunitarios que se encuentran en situación irregular en España.
Se trata de una oportunidad para los extranjeros que se encuentran indocumentados, en nuestro país, para conseguir la residencia o estancia en España.
El ordenamiento jurídico español lo regula como una causa excepcional para los casos de inmigrantes que se encuentran en situación irregular para que puedan obtener el permiso de residencia y de trabajo.
La residencia por arraigo puede ser de tres tipos atendiendo a los casos excepcionales en los que se encuentran los extranjeros que se encuentran en situación irregular en España:
Para tramitar y solicitar el permiso de residencia por arraigo, resulta aconsejable acudir a un abogado experto en residencia por arraigo.
Mediante el arraigo familiar, se puede obtener el permiso de residencia temporal, por parte de los extranjeros que se encuentren en situación irregular en España.
Los casos en los que se puede solicitar son aquellos en los que se trate de hijos de padre o madre que fueran originaria ente españoles o casos en los que se trate de progenitores de un menor de nacionalidad española, siempre que el progenitor solicitante tenga a cargo al menor y conviva con éste o esté al corriente de las obligaciones respecto al mismo.
El familiar de un ciudadano español o de cualquier Estado Miembro de la Unión Europea, que no tenga la nacionalidad española ni de ninguno de los Estados Miembros de la Unión Europea, podrá solicitar y obtener la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión o tarjeta comunitaria, en los casos en que se vayan a reunir con él y quieran residir en España durante más de tres meses.
En este caso, resultará vital la acreditación del parentesco con el ciudadano de la Unión.
Para realizar el trámite de solicitud de este permiso de residencia, contacte con un abogado experto en permiso de residencia por matrimonio.
La residencia de larga duración puede ser solicitada por aquellos extranjeros que llevan en España cinco años con residencia legal, asimismo, también podrán solicitar la Larga Duración de la Unión Europea. Para realizar el trámite, es aconsejable recurrir a un abogado experto en residencia de larga duración.
La tarjeta de residencia de larga duración debe renovarse, una vez transcurridos cinco años de la vigencia de la autorización de residencia de larga duración inicial.
Para renovar esta tarjeta, hay que presentar el formulario EX-17, dentro de los 60 días anteriores a la fecha de caducidad de la tarjeta junto con la copia del pasaporte completo y del NIE.
A destacar que a raíz de los problemas administrativos generados por el COVID-19, el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social informó que "quedan prorrogadas automáticamente y con una vigencia de seis meses desde el levantamiento del Estado de Alarma, todas aquellas autorizaciones de residencia y/o trabajo que venzan durante este período, sin necesidad de emitir una resolución individual para cada una de ellas en la Oficina de Extranjería"