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Las patentes y las marcas, se engloban dentro de la Propiedad Industrial que protege los derechos de exclusiva sobre determinadas creaciones inmateriales, invenciones, signos distintivos o diseños industriales, aplicándose en el ámbito comercial, industrial o en el de la tecnología y comunicación.
Junto a las patentes y marcas, existen otros tipos de propiedad industrial, como son los diseños industriales y topografías de semiconductores.
En SuperAbogado, tenemos a los mejores abogados expertos en esta materia, que le ofrecen una gran experiencia y conocimiento de la legislación específica de la materia, como son la Ley 24/2015 de 24 de julio, de Patentes y la Ley 17/2001 de 7 de diciembre de Marcas.
Estos, le ayudarán a redactar la solicitud de registro, evitando que cualquier error en la misma, provoque una denegación.
La propia Ley 17/2021 de Marcas, las define como «Signos, especialmente las palabras, incluidos los hombres de personas, los dibujos, las letras, las cifras, los colores, la forma del producto o de su embalaje, o los sonidos».
Es decir, una marca comercial, que puede ser un nombre, un logo o incluso un sonido, con la que se puede conocer el origen de un producto o servicio y determina la persona física o jurídica que lo fabrica o presta, diferenciando el producto respecto de su competencia en el mercado.
Son invenciones novedosas que no existen en ningún lugar del mundo, no siendo el resultado de la combinación de otras invenciones previas, debiendo poder aplicarse en la industria. Así mismo, entenderemos como patente el derecho que se le concede en exclusiva al inventor de una tecnología o producto nuevo, puede ser explotado durante un tiempo limitado de modo comercial.
Es necesario que diferenciemos la propiedad industrial de la propiedad intelectual, pues, en esta última, se registran aquellas creaciones de carácter único y que no se pueden producir en serie o industrialmente (obras literarias y artísticas, películas, programas de ordenador, etc.) Es decir, la propiedad intelectual no se aplica ni a la patente ni a la marca. En SuperAbogado igualmente tenemos abogados especialistas en propiedad intelectual, no dude en contactar con nosotros.
En cuanto a las marcas, existen diferentes tipos de marcas comerciales en función de la finalidad o signo que protegen.
Atendiendo a la finalidad:
Si atendemos a su formato
Podemos diferenciar los diferentes tipos de patentes en función de su alcance geográfico o de aquello que protege.
Nuestros despachos de abogados expertos en patentes y marcas, le indicarán qué documentación deben de aportar para la solicitud de los derechos de propiedad industrial que se presentará ante la OEPM y le guiarán durante todo el proceso.
Dentro de esa documentación, como mínimo, deberá tener preparada la siguiente:
Como se puede comprobar, es necesario, tener plenos conocimientos en la materia, tanto a la hora de la solicitud como de la reclamación de una marca o patente.
Analizada la documentación presentada, la OEPM podrá responder de manera positiva o en el caso de encontrar errores o insuficiencia de documentación, de manera negativa, dando un plazo para la subsanación.
La marca o nombre comercial, tiene un plazo de duración de 10 años, pudiéndose renovar de manera indefinida cada 10 años.
La patente tiene una duración determinada de 20 años improrrogables. Caducada la patente, la invención podrá ser utilizada sin previo consentimiento del titular de la patente.
Desde SuperAbogado, queremos garantizar el mejor servicio a la hora de registrar su marca o patentar su invención, motivo por el cual, ponemos a su disposición a los mejores abogados especializados en patentes y marcas. Así mismo, le asesoraremos si pretende gestionarla, venderla, cederla u otorgar licencias a terceros para su uso.
El partido judicial de Almería ofrece los siguientes juzgados: