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Redacción de D. Diego Fernández Fernández, letrado 125.741 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

¿Qué significa el delito de pornografía infantil en nuestro Código Penal?

 

En España se castiga la posesión de material pornográfico en el que se muestran menores de edad o incapaces en el artículo 189 del Código Penal. Dos conductas son principalmente las que se encuentran penadas en dicho precepto: 

  • Atraer o emplear a niños menores de edad o discapacitados para realizar cualquier tipo de contenido sexual.  
  • La producción, venta, distribución, exhibición, ofrecimiento, o, en general, facilitar la venta o difusión de esa creación de contenido pornográfico.

No siempre es fácil detectar este tipo de comportamiento, pues tendremos que analizar con detalle, por ejemplo, el porcentaje de archivos pedófilos, las palabras de búsqueda o la correspondencia entre el título y el contenido. Eso solo si hablamos de descargas ilegales por internet, porque existen muchos más casos y tipos de contenido pornográfico. Pero ¿qué entiende la normativa penal cómo material exhibicionista necesario de protección? Nuestro Código Penal señala cuatro opciones principales: 

  • Contenido en el que aparezca un niño o persona con discapacidad envuelto en un acto sexual, ya sea real o simulado.  
  • La imagen de los genitales con un objetivo principalmente sexual. 
  • Las representaciones anteriores en las que se simule ser un menor, a menos que dicha persona sea mayor de edad realmente. 
  • Aquel contenido realista en el que aparezca un menor o discapacitado realizando una actuación con fines sexuales.

Aunque la teoría es bastante clara en este aspecto, definir lo que es o no un contenido sexual no siempre es una tarea sencilla. Por eso, es más que recomendable dejarse aconsejar por un abogado experto en pornografía infantil, que pueda elaborar una buena defensa o acusación en juicio, y conseguir un final lo más satisfactorio posible.  

¿Se puede producir una posesión de imágenes pornográficas por accidente?

Actualmente existen muchos programas informáticos, como Emule, donde los particulares pueden intercambiar archivos sin supervisión ni intermediarios. De forma que en estas plataformas es habitual que surjan problemas legales por descargar archivos fotográficos o audiovisuales con contenido pornográfico de niños. Aunque lo normal es que ocurra por deseo propio, como abogados que hemos defendido suficientes asuntos de este tipo, sabemos que no es extraño que una persona pueda hacerlo de forma accidental. 

Hay muchos usuarios de Emule, Ares, BitTorrent u otras páginas similares, que descargan material de forma compulsiva, para posteriormente visionarlos y eliminar aquellos que no les gusten. Entre ese montón de archivos descargados podría encontrarse material inadecuado. Además, en estas circunstancias, el peligro de ser investigado por la policía es bastante más alto de lo que parece. Pues no estamos hablando de una descarga muy puntual y fortuita. 

¿Por qué puede ser investigado si no era Su objetivo, ni si quisiera sabía que lo tenía o lo había eliminado? Porque la policía a veces realiza seguimiento de archivos con contenido pedófilo y en este caso, aparecerá varias veces en su lista, ya que no conoce el contenido que está descargando antes de visualizarlo. 

Ayuda que me puede prestar mi abogado especialista en pornografía infantil

Esta es una de las ramas más complicadas, debido a que puede herir la sensibilidad del pueblo y son casos realmente polémicos y difíciles de tratar. A continuación, exponemos algunos de los aspectos en los que podría ayudar un abogado especialista en estos temas: 

  • Analizar el tipo delictivo y examinar las posibles soluciones
  • Estudiar y aconsejar la posibilidad de acudir a la vía penal como acusación
  • Examinar con detalle las pruebas y acudir a un buen perito que pueda explicarlo detalladamente en un informe
  • Reclamar judicialmente una compensación económica por daños producidos
  • Negociar la posibilidad de reparar el daño causado a la víctima
  • Reunir todos los documentos y pruebas necesarios para la defensa en juicio