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¿Quiere tramitar un permiso de residencia en Otívar? En SuperAbogado encontrará a los mayores especialistas de la materia.
Es la autorización del Gobierno de España para que un extranjero pueda residir de manera legal en el país. Su duración será determinada y atendiendo a ello encontramos:
Los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, así como los miembros de la familia que no sean nacionales de uno de dichos Estados, podrán pedir el permiso de residencia permanente siempre que hayan residido legalmente en España durante un período continuado de cinco años.
Además, se contemplan algunos casos en los que antes de cumplir ese periodo se puede obtener:
Independientemente del permiso de residencia al que quiera optar, la contratación de un abogado experto maximizará sus opciones de lograrlo. No lo dude y contacte ya con los profesionales de SuperAbogado.
El Juzgado de Paz / Registro Civil de Otívar está ubicado en Avda. Alcalde Caridad, Nº26 C.P. 18698 y cuya información de contacto es la siguiente:
Email: jpaz.gr.otivar@juntadeandalucia.es
Teléfono: 958645001
Juzgados de Paz / Registros Civiles cercanos al municipio de Otívar:
Jete
Dirección: C\ Carretera, Nº 50 C.P. 18699
Email: jpaz.gr.jete@juntadeandalucia.es
Teléfono: 958645101
Lentegí
Dirección: Pza. Morales S/N C.P. 18699
Email: jpaz.gr.lenteji@juntadeandalucia.es
Teléfono: 958645236