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Limitación al tipo de interés variable de una hipoteca, claramente incompatible con el concepto jurídico de "tipo de interés variable", que aplicaron los bancos de forma unilateral, al no explicarles a los clientes su consecuencia económica en el préstamo. Esta era la aplicación de un tipo fijo cuando el EURIBOR (como índice de referencia habitual), fuese más bajo que éste.
La problemática llegaba a finales de 2008. El Euribor comienza a bajar y es entonces cuando la cláusula de limitación comienza a aplicarse y con ello se produce el perjuicio al consumidor.
Llegados a este punto, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró nula dicha cláusula, por lo cual los bancos debían devolver las cantidades indebidamente cobradas por efecto de esta, previo procedimiento judicial.
Si se encuentra todavía en una situación en la que entiende que puede reclamar su cláusula suelo, contáctenos.
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