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Es el derecho que tienen los extranjeros con residencia legal en España (de al menos un año y con la posibilidad de quedarse como mínimo uno más), a reunirse con algunos de sus familiares residentes fuera del país. Para ello se han de cumplir una serie de requisitos.
Cabe destacar que no todos los lazos de consanguinidad serán susceptibles de entrar en una reagrupación familiar.
El artículo 19.1 de la Ley de Extranjería expone que "en el caso del cónyuge e hijos con edad laboral estarán autorizados para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo".
Es por ello que si bien no existe un documento que certifique el permiso de trabajo en estos casos, sí que se da la posibilidad de trabajar en España a los familiares que cumplan los requisitos ya expuestos.
El Juzgado de Paz / Registro Civil de Orera está ubicado en Calle Mayor 2 y cuya información de contacto es la siguiente:
Teléfono: 976892410
Fax: 976892410
Juzgados de Paz / Registros Civiles cercanos al municipio de Orera:
Alarba
Dirección: Calle Baja 28
Teléfono: 976894201
Fax: 976894201
Carenas
Dirección: Plaza Mayor S/N
Teléfono: 976842625
Fax: 976842625
Castejón de las Armas
Dirección: Paseo Joaquín Costa 8
Teléfono: 976872000
Fax: 976872000
Mara
Dirección: Plaza De Bermudez 1
Teléfono: 976892011
Fax: 976892011
Munébrega
Dirección: Calle Castillo 1
Teléfono: 976895003
Fax: 976895003
Torrijo de la Cañada
Dirección: Plaza De España 2
Teléfono: 976847001
Fax: 976847001