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Es el derecho que tienen los extranjeros con residencia legal en España (de al menos un año y con la posibilidad de quedarse como mínimo uno más), a reunirse con algunos de sus familiares residentes fuera del país. Para ello se han de cumplir una serie de requisitos.
Cabe destacar que no todos los lazos de consanguinidad serán susceptibles de entrar en una reagrupación familiar.
El artículo 19.1 de la Ley de Extranjería expone que "en el caso del cónyuge e hijos con edad laboral estarán autorizados para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo".
Es por ello que si bien no existe un documento que certifique el permiso de trabajo en estos casos, sí que se da la posibilidad de trabajar en España a los familiares que cumplan los requisitos ya expuestos.
El Juzgado de Paz / Registro Civil de la Pobla Llarga está ubicado en Calle Mayor 47 y cuya información de contacto es la siguiente:
Teléfono: 962590005
Fax: 962590005
Juzgados de Paz / Registros Civiles cercanos al municipio de la Pobla Llarga:
Algemesí
Dirección: Plaça Major 3
Teléfono: 962019000
Fax: 962019000
Carcaixent
Dirección: Plaça Major 1
Teléfono: 962457600
Fax: 962457600
Rafelguaraf
Dirección: Calle Jaume I 2
Teléfono: 962586005
Fax: 962586005
Sant Joanet
Dirección: Plaça Del Progreso 16
Teléfono: 962591013
Fax: 962591013
Tous
Dirección: Avenida Constitución 11
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Fax: 962449101
Benicull de Xúquer
Dirección: Plaça Beata Inés 1
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Fax: 962490575