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Es el derecho que tienen los extranjeros con residencia legal en España (de al menos un año y con la posibilidad de quedarse como mínimo uno más), a reunirse con algunos de sus familiares residentes fuera del país. Para ello se han de cumplir una serie de requisitos.
Cabe destacar que no todos los lazos de consanguinidad serán susceptibles de entrar en una reagrupación familiar.
El artículo 19.1 de la Ley de Extranjería expone que "en el caso del cónyuge e hijos con edad laboral estarán autorizados para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo".
Es por ello que si bien no existe un documento que certifique el permiso de trabajo en estos casos, sí que se da la posibilidad de trabajar en España a los familiares que cumplan los requisitos ya expuestos.
El Juzgado de Paz / Registro Civil de Casas Bajas está ubicado en Calle Real 12 y cuya información de contacto es la siguiente:
Teléfono: 978782276
Fax: 978782276
Juzgados de Paz / Registros Civiles cercanos al municipio de Casas Bajas:
Casas Altas
Dirección: Calle Molino 1
Teléfono: 978782254
Fax: 978782254
Castielfabib
Dirección: Plaza De la Villa 1
Teléfono: 978783100
Fax: 978783100
Higueruelas
Dirección: Plà de L'Arc, s/n
Teléfono: 962792286
Fax: 962792286
Marines
Dirección: Plaza Del Ayuntamiento 4
Teléfono: 961648017
Fax: 961648017
Sot de Chera
Dirección: Avenida De Pera 9
Teléfono: 962348001
Fax: 962348001
Gátova
Dirección: Plaza País Valenciano 1
Teléfono: 964126001
Fax: 964126001