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Es el derecho que tienen los extranjeros con residencia legal en España (de al menos un año y con la posibilidad de quedarse como mínimo uno más), a reunirse con algunos de sus familiares residentes fuera del país. Para ello se han de cumplir una serie de requisitos.
Cabe destacar que no todos los lazos de consanguinidad serán susceptibles de entrar en una reagrupación familiar.
El artículo 19.1 de la Ley de Extranjería expone que "en el caso del cónyuge e hijos con edad laboral estarán autorizados para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo".
Es por ello que si bien no existe un documento que certifique el permiso de trabajo en estos casos, sí que se da la posibilidad de trabajar en España a los familiares que cumplan los requisitos ya expuestos.
El Juzgado de Paz / Registro Civil de Calanda está ubicado en Plaza España 1 y cuya información de contacto es la siguiente:
Teléfono: 978886141
Fax: 978886141
Juzgados de Paz / Registros Civiles cercanos al municipio de Calanda:
Albalate del Arzobispo
Dirección: Plaza De la Iglesia 1
Teléfono: 978812001
Fax: 978812001
Berge
Dirección: Plaza Del Ayuntamiento 1
Teléfono: 978849001
Fax: 978849001
Monroyo
Dirección: Plaza Ayuntamiento 1
Teléfono: 978856001
Fax: 978856001
Oliete
Dirección: Plaza San Martín S/N
Teléfono: 978818001
Fax: 978818001
Las Parras de Castellote
Dirección: Calle Mayor 15
Teléfono: 978887908
Fax: 978887908
Peñarroya de Tastavins
Dirección: Calle Ayuntamiento 1
Teléfono: 978896707
Fax: 978896707