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Es el derecho que tienen los extranjeros con residencia legal en España (de al menos un año y con la posibilidad de quedarse como mínimo uno más), a reunirse con algunos de sus familiares residentes fuera del país. Para ello se han de cumplir una serie de requisitos.
Cabe destacar que no todos los lazos de consanguinidad serán susceptibles de entrar en una reagrupación familiar.
El artículo 19.1 de la Ley de Extranjería expone que "en el caso del cónyuge e hijos con edad laboral estarán autorizados para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo".
Es por ello que si bien no existe un documento que certifique el permiso de trabajo en estos casos, sí que se da la posibilidad de trabajar en España a los familiares que cumplan los requisitos ya expuestos.
El Juzgado de Paz / Registro Civil de Cabra de Mora está ubicado en Plaza Mayor 2 y cuya información de contacto es la siguiente:
Teléfono: 978800163
Fax: 978800163
Juzgados de Paz / Registros Civiles cercanos al municipio de Cabra de Mora:
Albentosa
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Teléfono: 978785831
Fax: 978785831
Cubla
Dirección: Plaza Del Ayuntamiento 1
Teléfono: 978682215
Fax: 978682215
Mora de Rubielos
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Fax: 978647546
Moscardón
Dirección: Plaza Mayor 1
Teléfono: 978705021
Fax: 978705021
Puertomingalvo
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Teléfono: 978801903
Villar del Cobo
Dirección: Plaza Constitución 1
Teléfono: 978708000
Fax: 978708000