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Es el derecho que tienen los extranjeros con residencia legal en España (de al menos un año y con la posibilidad de quedarse como mínimo uno más), a reunirse con algunos de sus familiares residentes fuera del país. Para ello se han de cumplir una serie de requisitos.
Cabe destacar que no todos los lazos de consanguinidad serán susceptibles de entrar en una reagrupación familiar.
El artículo 19.1 de la Ley de Extranjería expone que "en el caso del cónyuge e hijos con edad laboral estarán autorizados para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo".
Es por ello que si bien no existe un documento que certifique el permiso de trabajo en estos casos, sí que se da la posibilidad de trabajar en España a los familiares que cumplan los requisitos ya expuestos.
El Juzgado de Paz / Registro Civil de Blesa está ubicado en Calle Mayor 8 y cuya información de contacto es la siguiente:
Teléfono: 978810239
Fax: 978810239
Juzgados de Paz / Registros Civiles cercanos al municipio de Blesa:
Bello
Dirección: Plaza Mayor 4
Teléfono: 978734001
Fax: 978734001
Blancas
Dirección: Plaza Ayuntamiento 1
Teléfono: 978863250
Fax: 978863250
Obón
Dirección: Plaza Ayuntamiento 1
Teléfono: 978810291
Fax: 978810291
Ojos Negros
Dirección: Plaza Mayor 8
Teléfono: 978865257
Fax: 978865257
San Martín del Río
Dirección: Plaza Mayor 1
Teléfono: 978733401
Fax: 978733401
Torre de las Arcas
Dirección: Plaza Mayor 1
Teléfono: 978753169