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Es el derecho que tienen los extranjeros con residencia legal en España (de al menos un año y con la posibilidad de quedarse como mínimo uno más), a reunirse con algunos de sus familiares residentes fuera del país. Para ello se han de cumplir una serie de requisitos.
Cabe destacar que no todos los lazos de consanguinidad serán susceptibles de entrar en una reagrupación familiar.
El artículo 19.1 de la Ley de Extranjería expone que "en el caso del cónyuge e hijos con edad laboral estarán autorizados para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo".
Es por ello que si bien no existe un documento que certifique el permiso de trabajo en estos casos, sí que se da la posibilidad de trabajar en España a los familiares que cumplan los requisitos ya expuestos.
El Juzgado de Paz / Registro Civil de Pira está ubicado en Arnau de Pons 3 y cuya información de contacto es la siguiente:
Teléfono: 977887006
Juzgados de Paz / Registros Civiles cercanos al municipio de Pira:
L' Espluga de Francolí
Dirección: Plaça De la Vila 1
Teléfono: 977870227
Rodonyà
Dirección: Casa Consistorial
Teléfono: 977628006
Pontils
Dirección: Pl. J. Jover, 6
Teléfono: 977880202
Savallà del Comtat
Dirección: Major 1
Teléfono: 977880137
Senan
Dirección: Plaça Major 1
Teléfono: 977877333
Vallclara
Dirección: Placeta 12
Teléfono: 977869270