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Es el derecho que tienen los extranjeros con residencia legal en España (de al menos un año y con la posibilidad de quedarse como mínimo uno más), a reunirse con algunos de sus familiares residentes fuera del país. Para ello se han de cumplir una serie de requisitos.
Cabe destacar que no todos los lazos de consanguinidad serán susceptibles de entrar en una reagrupación familiar.
El artículo 19.1 de la Ley de Extranjería expone que "en el caso del cónyuge e hijos con edad laboral estarán autorizados para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo".
Es por ello que si bien no existe un documento que certifique el permiso de trabajo en estos casos, sí que se da la posibilidad de trabajar en España a los familiares que cumplan los requisitos ya expuestos.
El Juzgado de Paz / Registro Civil de Población de Campos está ubicado en Plaza Del Arrabal 1 y cuya información de contacto es la siguiente:
Teléfono: 979810151
Fax: 979810151
Juzgados de Paz / Registros Civiles cercanos al municipio de Población de Campos:
Amusco
Dirección: Plaza Obispo Germán Vega 1
Teléfono: 979802033
Fax: 979802033
Castrillo de Onielo
Dirección: Plaza Mayor S/N
Teléfono: 979783050
Fax: 979783050
Fuentes de Valdepero
Dirección: Plaza Mayor 1
Teléfono: 979810151
Fax: 979810151
Mazariegos
Dirección: Calle San Miguel 2
Teléfono: 979769043
Fax: 979769043
Población de Cerrato
Dirección: Plaza Mayor 1
Teléfono: 979782440
Fax: 979782440
San Cebrián de Campos
Dirección: Calle El Doctor 1
Teléfono: 979154104
Fax: 979154104