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Es el derecho que tienen los extranjeros con residencia legal en España (de al menos un año y con la posibilidad de quedarse como mínimo uno más), a reunirse con algunos de sus familiares residentes fuera del país. Para ello se han de cumplir una serie de requisitos.
Cabe destacar que no todos los lazos de consanguinidad serán susceptibles de entrar en una reagrupación familiar.
El artículo 19.1 de la Ley de Extranjería expone que "en el caso del cónyuge e hijos con edad laboral estarán autorizados para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo".
Es por ello que si bien no existe un documento que certifique el permiso de trabajo en estos casos, sí que se da la posibilidad de trabajar en España a los familiares que cumplan los requisitos ya expuestos.
El Juzgado de Paz / Registro Civil de Guardo está ubicado en Paseo Ayuntamiento 6 y cuya información de contacto es la siguiente:
Teléfono: 979850076
Fax: 979850076
Juzgados de Paz / Registros Civiles cercanos al municipio de Guardo:
Castrejón de la Peña
Dirección: Plaza Mayor 1
Teléfono: 979877119
Fax: 979877119
Mantinos
Dirección: Calle La Era S/N
Teléfono: 979851010
Fax: 979851010
Micieces de Ojeda
Dirección: Calle Humildad S/N
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Fax: 979187458
Pomar de Valdivia
Dirección: Calle Real 1
Teléfono: 979609001
Fax: 979609001
Salinas de Pisuerga
Dirección: Calle La Plaza S/N
Teléfono: 979120001
Fax: 979120001
Triollo
Dirección: Calle El Río 2
Teléfono: 979866193