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Es el derecho que tienen los extranjeros con residencia legal en España (de al menos un año y con la posibilidad de quedarse como mínimo uno más), a reunirse con algunos de sus familiares residentes fuera del país. Para ello se han de cumplir una serie de requisitos.
Cabe destacar que no todos los lazos de consanguinidad serán susceptibles de entrar en una reagrupación familiar.
El artículo 19.1 de la Ley de Extranjería expone que "en el caso del cónyuge e hijos con edad laboral estarán autorizados para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo".
Es por ello que si bien no existe un documento que certifique el permiso de trabajo en estos casos, sí que se da la posibilidad de trabajar en España a los familiares que cumplan los requisitos ya expuestos.
El Juzgado de Paz / Registro Civil de Puentes Viejas está ubicado en Plaza Constitución 1 y cuya información de contacto es la siguiente:
Teléfono: 918680267
Fax: 918680267
Juzgados de Paz / Registros Civiles cercanos al municipio de Puentes Viejas:
La Acebeda
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Teléfono: 918699107
Fax: 918699107
Buitrago del Lozoya
Dirección: Plaza Picasso 1
Teléfono: 918680004
Fax: 918680004
Horcajuelo de la Sierra
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Fax: 918697022
Prádena del Rincón
Dirección: Plaza De la Constitución 1
Teléfono: 918697250
Fax: 918697250
Puebla de la Sierra
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Fax: 918697254
La Serna del Monte
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Fax: 918680485