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Es el derecho que tienen los extranjeros con residencia legal en España (de al menos un año y con la posibilidad de quedarse como mínimo uno más), a reunirse con algunos de sus familiares residentes fuera del país. Para ello se han de cumplir una serie de requisitos.
Cabe destacar que no todos los lazos de consanguinidad serán susceptibles de entrar en una reagrupación familiar.
El artículo 19.1 de la Ley de Extranjería expone que "en el caso del cónyuge e hijos con edad laboral estarán autorizados para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo".
Es por ello que si bien no existe un documento que certifique el permiso de trabajo en estos casos, sí que se da la posibilidad de trabajar en España a los familiares que cumplan los requisitos ya expuestos.
El Juzgado de Paz / Registro Civil de Carabaña está ubicado en Plaza De España 1 y cuya información de contacto es la siguiente:
Teléfono: 918723001
Fax: 918723001
Juzgados de Paz / Registros Civiles cercanos al municipio de Carabaña:
Ambite
Dirección: Plaza Del Caudillo 1
Teléfono: 918722151
Fax: 918722151
Brea de Tajo
Dirección: Plaza El Generalísimo 1
Teléfono: 918721013
Fax: 918721013
Tielmes
Dirección: Plaza De la Constitución 1
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Fax: 918746002
Torres de la Alameda
Dirección: Plaza Del Sol 16
Teléfono: 918868250
Fax: 918868250
Valdaracete
Dirección: Plaza De la Constitución 1
Teléfono: 918739590
Fax: 918739590
Valdilecha
Dirección: Plaza Del Ayuntamiento 1
Teléfono: 918738381
Fax: 918738381