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Es el derecho que tienen los extranjeros con residencia legal en España (de al menos un año y con la posibilidad de quedarse como mínimo uno más), a reunirse con algunos de sus familiares residentes fuera del país. Para ello se han de cumplir una serie de requisitos.
Cabe destacar que no todos los lazos de consanguinidad serán susceptibles de entrar en una reagrupación familiar.
El artículo 19.1 de la Ley de Extranjería expone que "en el caso del cónyuge e hijos con edad laboral estarán autorizados para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo".
Es por ello que si bien no existe un documento que certifique el permiso de trabajo en estos casos, sí que se da la posibilidad de trabajar en España a los familiares que cumplan los requisitos ya expuestos.
El Juzgado de Paz / Registro Civil de Golmés está ubicado en Portal 1 y cuya información de contacto es la siguiente:
Teléfono: 973601501
Juzgados de Paz / Registros Civiles cercanos al municipio de Golmés:
Alfés
Dirección: Plaça La Bassa S/N
Teléfono: 973136005
Aspa
Dirección: Plaça De la Vila 8
Teléfono: 973122000
Fax: 973122000
Aitona
Dirección: Carrer Major 6
Teléfono: 973794010
Bell-lloc d'Urgell
Dirección: Plaça Major s/n
Teléfono: 973560100
Tarrés
Dirección: Montserrat, 17
Teléfono: 973175620
Torrefarrera
Dirección: Major 35
Teléfono: 973750001