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Es el derecho que tienen los extranjeros con residencia legal en España (de al menos un año y con la posibilidad de quedarse como mínimo uno más), a reunirse con algunos de sus familiares residentes fuera del país. Para ello se han de cumplir una serie de requisitos.
Cabe destacar que no todos los lazos de consanguinidad serán susceptibles de entrar en una reagrupación familiar.
El artículo 19.1 de la Ley de Extranjería expone que "en el caso del cónyuge e hijos con edad laboral estarán autorizados para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo".
Es por ello que si bien no existe un documento que certifique el permiso de trabajo en estos casos, sí que se da la posibilidad de trabajar en España a los familiares que cumplan los requisitos ya expuestos.
El Juzgado de Paz / Registro Civil de Toral de los Vados está ubicado en Plaza Campo de la Feria 7 y cuya información de contacto es la siguiente:
Teléfono: 987545231
Fax: 987545231
Juzgados de Paz / Registros Civiles cercanos al municipio de Toral de los Vados:
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Fax: 987563738
Barjas
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Fax: 987566216
Borrenes
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Castropodame
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Fax: 987519435
Fabero
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Vega de Espinareda
Dirección: Avenida Ancares 6
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