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Es el derecho que tienen los extranjeros con residencia legal en España (de al menos un año y con la posibilidad de quedarse como mínimo uno más), a reunirse con algunos de sus familiares residentes fuera del país. Para ello se han de cumplir una serie de requisitos.
Cabe destacar que no todos los lazos de consanguinidad serán susceptibles de entrar en una reagrupación familiar.
El artículo 19.1 de la Ley de Extranjería expone que "en el caso del cónyuge e hijos con edad laboral estarán autorizados para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo".
Es por ello que si bien no existe un documento que certifique el permiso de trabajo en estos casos, sí que se da la posibilidad de trabajar en España a los familiares que cumplan los requisitos ya expuestos.
El Juzgado de Paz / Registro Civil de Torre la Ribera está ubicado en Calle Única S/N y cuya información de contacto es la siguiente:
Teléfono: 974344219
Fax: 974344219
Juzgados de Paz / Registros Civiles cercanos al municipio de Torre la Ribera:
Abiego
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Teléfono: 974317203
Fax: 974317203
Capella
Dirección: Plaza Mayor 2
Teléfono: 974540305
Fax: 974540305
Monesma y Cajigar
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Peraltilla
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Teléfono: 974319125
Fax: 974319125
Beranuy
Dirección: Calle Única S/N
Teléfono: 974347178
Fax: 974347178
Viacamp y Litera
Dirección: Calle Única S/N
Teléfono: 974347250
Fax: 974347250