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Es el derecho que tienen los extranjeros con residencia legal en España (de al menos un año y con la posibilidad de quedarse como mínimo uno más), a reunirse con algunos de sus familiares residentes fuera del país. Para ello se han de cumplir una serie de requisitos.
Cabe destacar que no todos los lazos de consanguinidad serán susceptibles de entrar en una reagrupación familiar.
El artículo 19.1 de la Ley de Extranjería expone que "en el caso del cónyuge e hijos con edad laboral estarán autorizados para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo".
Es por ello que si bien no existe un documento que certifique el permiso de trabajo en estos casos, sí que se da la posibilidad de trabajar en España a los familiares que cumplan los requisitos ya expuestos.
El Juzgado de Paz / Registro Civil de Jerte está ubicado en Calle Hornacina 3 y cuya información de contacto es la siguiente:
Teléfono: 927470003
Fax: 927470003
Juzgados de Paz / Registros Civiles cercanos al municipio de Jerte:
Abadía
Dirección: Plaza De España 3
Teléfono: 927484252
Fax: 927484252
Carcaboso
Dirección: Carretera De Valdeobispo 1
Teléfono: 927402002
Fax: 927402002
Collado de la Vera
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Teléfono: 927460109
Fax: 927460109
Jarilla
Dirección: Plaza Mayor 1
Teléfono: 927477000
Fax: 927477000
Malpartida de Plasencia
Dirección: Plaza Mayor 1
Teléfono: 927404024
Fax: 927404024
Tejeda de Tiétar
Dirección: Plaza Mayor 1
Teléfono: 927469002
Fax: 927469002