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Es el derecho que tienen los extranjeros con residencia legal en España (de al menos un año y con la posibilidad de quedarse como mínimo uno más), a reunirse con algunos de sus familiares residentes fuera del país. Para ello se han de cumplir una serie de requisitos.
Cabe destacar que no todos los lazos de consanguinidad serán susceptibles de entrar en una reagrupación familiar.
El artículo 19.1 de la Ley de Extranjería expone que "en el caso del cónyuge e hijos con edad laboral estarán autorizados para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo".
Es por ello que si bien no existe un documento que certifique el permiso de trabajo en estos casos, sí que se da la posibilidad de trabajar en España a los familiares que cumplan los requisitos ya expuestos.
El partido judicial de Roquetas de Mar ofrece los siguientes juzgados:
Juzgados de Paz / Registros Civiles que pertenecen al partido judicial de Roquetas de Mar
Chirivel
Dirección: C\ Paseo, Nº 1 C.P. 04825
Email: jpaz.al.chirivel@juntadeandalucia.es
Teléfono: 950413001
Fax: 950413001
María
Dirección: Plaza De La Encarnación, Nº 1 C.P. 04838
Email: jpaz.al.maria@juntadeandalucia.es
Teléfono: 950417200
Fax: 950417200
Urrácal
Dirección: C\ Escuelas, Nº C.P. 04879
Email: jpaz.al.urracal@juntadeandalucia.es
Teléfono: 950424572
Fax: 950424572