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Es el derecho que tienen los extranjeros con residencia legal en España (de al menos un año y con la posibilidad de quedarse como mínimo uno más), a reunirse con algunos de sus familiares residentes fuera del país. Para ello se han de cumplir una serie de requisitos.
Cabe destacar que no todos los lazos de consanguinidad serán susceptibles de entrar en una reagrupación familiar.
El artículo 19.1 de la Ley de Extranjería expone que "en el caso del cónyuge e hijos con edad laboral estarán autorizados para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo".
Es por ello que si bien no existe un documento que certifique el permiso de trabajo en estos casos, sí que se da la posibilidad de trabajar en España a los familiares que cumplan los requisitos ya expuestos.
El Juzgado de Paz / Registro Civil de Villa de Ves está ubicado en Plaza Gómez Villena 2 y cuya información de contacto es la siguiente:
Teléfono: 967476441
Fax: 967476441
Juzgados de Paz / Registros Civiles cercanos al municipio de Villa de Ves:
Alborea
Dirección: Plaza Castilla-La Mancha 2
Teléfono: 967477060
Fax: 967477060
Alcalá del Júcar
Dirección: Calle Posito 1
Teléfono: 967473137
Fax: 967473137
Balsa de Ves
Dirección: Plaza Del Caudillo 5
Teléfono: 967476218
Fax: 967476218
Cenizate
Dirección: Plaza Mayor 1
Teléfono: 967489596
Fax: 967489596
Fuentealbilla
Dirección: Plaza Mayor 1
Teléfono: 967472288
Fax: 967472288
La Recueja
Dirección: Plaza De la Constitución 1
Teléfono: 967471201
Fax: 967471201