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Es el derecho que tienen los extranjeros con residencia legal en España (de al menos un año y con la posibilidad de quedarse como mínimo uno más), a reunirse con algunos de sus familiares residentes fuera del país. Para ello se han de cumplir una serie de requisitos.
Cabe destacar que no todos los lazos de consanguinidad serán susceptibles de entrar en una reagrupación familiar.
El artículo 19.1 de la Ley de Extranjería expone que "en el caso del cónyuge e hijos con edad laboral estarán autorizados para trabajar sin necesidad de ningún otro trámite administrativo".
Es por ello que si bien no existe un documento que certifique el permiso de trabajo en estos casos, sí que se da la posibilidad de trabajar en España a los familiares que cumplan los requisitos ya expuestos.
El Juzgado de Paz / Registro Civil de Liétor está ubicado en Plaza Mayor 18 y cuya información de contacto es la siguiente:
Teléfono: 967200001
Fax: 967200001
Juzgados de Paz / Registros Civiles cercanos al municipio de Liétor:
Albatana
Dirección: Plaza Del Ayuntamiento 1
Teléfono: 967323701
Fax: 967323701
Elche de la Sierra
Dirección: Plaza Ramón y Cajal 1
Teléfono: 967410001
Fax: 967410001
Férez
Dirección: Plaza Iglesia 2
Teléfono: 967420122
Ontur
Dirección: Plaza General Sánchez 13
Teléfono: 967323001
Fax: 967323001
Tobarra
Dirección: Calle Mayor 1
Teléfono: 967325036
Fax: 967325036
Yeste
Dirección: Plaza Calvo Sotelo 1
Teléfono: 967431001
Fax: 967431001