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Redacción de D. Diego Fernández Fernández, letrado 125.741 del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid.

Si bien pudiera existir cierto carácter subjetivo en torno al acoso laboral o mobbing, la realidad es que hay conductas y comportamientos objetivos que menoscaban la dignidad e integridad tanto física como psíquica y degradan las condiciones de trabajo de una persona.

Normalmente estas conductas provocan estrés, ansiedad, depresión, disminución de las relaciones interpersonales, etc.

Es por ello que el acoso laboral es causa objetiva de baja laboral y no puede ser considerada como contingencia común, si bien algunas empresas así lo tramitan, con la consecuente pérdida de prestaciones para el trabajador.

Dicho todo lo anterior, cabe destacar también que hay situaciones que no deben ser contempladas como acoso laboral, si bien generan sentimientos negativos y desánimo en el trabajador. Hablamos de discusiones con la dirección o compañeros, por ejemplo.

¿Por qué acudir a un abogado experto en mobbing laboral?

Múltiples son los motivos por los que un abogado especialista en estas situaciones le puede ayudar, pero destacaremos tres:

  • Porque es una causa objetiva de baja y, por ende, hay unos derechos asociados a la misma.
  • Porque en muchas ocasiones las empresas tenderán a tramitar la baja como contingencia común y no como contingencia profesional y esto reduce las condiciones de la baja y perjudica al trabajador.
  • Porque sabrá tramitar de manera eficaz las pruebas que demuestran la situación de mobbing.

¿Cómo actuar si sufre acoso laboral?

La baja por acoso laboral es una de las principales causas de baja en nuestro país, aumentando lamentablemente cada vez más en las empresas españolas esta problemática.

El acoso laboral o mobbing se puede producir entre compañeros o entre personas de las que dependamos jerárquicamente dentro del organigrama de nuestra empresa y se producirá con gran variedad de conductas pero con un único objetivo, menoscabar la dignidad y la integridad de la persona que lo sufre.

¿Se puede solicitar baja por acoso laboral?

Por supuesto, el mobbing laboral es un motivo más que justificado para obtener una baja médica, durante la cual se deberán respetar todos nuestros derechos como trabajadores.

De hecho, el Tribunal Supremo tiene reconocido que el mobbing es una contingencia profesional por lo que la baja del trabajador debe ser considerada como tal, teniendo derecho a percibir, como mínimo un 75% de la base reguladora de nuestro salario durante todos y cada uno de los días en los que estemos de baja, por ello, si por parte de nuestra empresa se pretende tramitar nuestra baja como contingencia común, deberíamos acudir a un abogado mobbing a fin de que solucione este problema y se respeten nuestros derechos.

Por ello, recomendamos a todas aquellas personas que sufran mobbing en el trabajo acudir a un experto abogado acoso laboral.